Recibida y registrada la solicitud, se constata que cumple todos los requisitos para su tramitación, en cuyo caso se le asigna un número de expediente. El SIMA-FSP se pondrá entonces en contacto con la persona árbitra designada y, constatando su disponibilidad, procederá a emitir las citaciones para la reunión de arbitraje. Se ofrecerá también la posibilidad de adherirse al compromiso arbitral al resto de organizaciones sindicales y/o empresariales representativas en el ámbito del conflicto, denominadas partes interesadas.