Recibida y registrada la solicitud, se constata que cumple todos los requisitos para su tramitación, en cuyo caso se le asigna un número de expediente y se le da traslado a la parte frente a la que se dirige el procedimiento, al objeto de que complete la designación del órgano de mediación.
A continuación, el SIMA-FSP cita a las partes a la reunión de mediación, que con carácter general tiene lugar dentro de los 10 días hábiles siguientes a la aceptación de la solicitud. También serán citadas a la reunión las restantes organizaciones empresariales o sindicales representativas en el ámbito en el que se suscita el conflicto.
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