Sentencia Audiencia Nacional de 18 de septiembre de 2017
Se estima la demanda en su integridad, declarando el derecho de los trabajadores afectados a que el exceso de jornada de 40 horas durante el 2016 les sea compensado mediante el abono de las mismas al precio de la hora extra pactada en convenio, así como al derecho a recibir las 40 horas de formación obligatoria adicional pactada en convenio y que esta formación de carácter obligatorio programada, se desarrolle dentro de la jornada anual pactada computándose como tiempo efectivo de trabajo.