Sentencia Audiencia Nacional de 01 de junio de 2016
Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de fecha 01/06/2016 por la que se estima la demanda planteada de reconocimiento al Delegado Sindical Estatal del sindicato de un centro de trabajo en particular, que no alcanza el mínimo del 10% de los votos válidos emitidos en el proceso electoral para la elección del Comité de Empresa del centro de trabajo, y al disfrute de un crédito horario de 20 horas en computo mensual.
Se estima la demanda , al reiterar la doctrina de la Sala 4ª del Tribunal Supremo S 18/07/2014 rec 91/2013, estableciendo que la opción que ofrece el artículo 10 de la LOLS entre nombrar los delegados sindicales a nivel de empresa o de centro de trabajo pertenece al sindicato en cuestión como titular del derecho de libertad sindical.